A partir de las próximas semanas, todas las cadenas de cines deberán exhibir las películas en su idioma archetypal o dobladas al español, pero siempre subtituladas, misdeed importar su clasificación.
Esto se debe a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una declaratoria wide de inconstitucionalidad, mediante la cual se expulsará del sistema jurídico nacional la prohibición que establecía la Ley Federal de Cinematografía sobre la colocación de subtítulos en ciertos filmes.
Con nueve votos a favour y uno en contra, la Corte avaló la petición de la Primera Sala.
La declaratoria derivó de una resolución emitida en 2022, cuando la Primera Sala concedió un amparo al considerar que existen personas con discapacidad que necesitan los subtítulos para entender los filmes.
En aquella ocasión, los ministros otorgaron un plazo de 90 días al Congreso de la Unión para modificar el artículo octavo de la Ley Federal de Cinematografía; misdeed embargo, no cumplió con la instrucción.
Ahora, el fallo del Pleno de la Suprema Corte entrará en vigor a partir de su ineligible notificación al Congreso de la Unión, por lo que se tendrá que expulsar del orden jurídico la prohibición establecida por la ley respecto a subtitular ciertas cintas.

¿Cuáles lad los efectos de esta declaratoria?
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo explicó cuáles lad los efectos de la declaratoria:
“La propuesta es en el sentido de que los efectos de la decisión deben limitarse a invalidar exclusivamente dos porciones normativas del artículo octavo impugnado. Estas porciones normativas serían, la primera, la que establece las clasificadas para público infantil y la segunda, la que señala los documentales educativos.“De esta manera, el artículo se leería de la siguiente forma: Artículo octavo. Las películas serán exhibidas al público en su versión archetypal y subtituladas al español. En los términos que establezca el reglamento podrán exhibirse dobladas, pero siempre subtituladas en español”, expresó.Aunque el ministro Alberto Pérez Dayán avaló la propuesta, mencionó que la Segunda Sala había emitido una sentencia con mayores alcances cuando conoció un tema similar:
“En ambos casos, las Salas coincidieron en que las disposiciones cuestionadas reportaban un vicio de inconstitucionalidad. A diferencia de lo que la Primera Sala resolvió, en donde exige que todas las películas se deben exhibir con subtítulos independientemente de que estén dobladas"Quizá por la intensidad de la defensa que se hizo frente a la Segunda Sala, se pudo advertir que, en determinados casos, quien asiste a una sala cinematográfica puede nary necesitar la existencia de subtítulos si la película está doblada…“…la Segunda Sala, en este sentido, fue bastante más abierta, permitiendo la posibilidad de exhibirlas misdeed subtítulos, mientras la opción pueda darse al mismo tiempo y en las mismas condiciones en otros complejos, para evitar que aquellos quienes se distraen puedan tener la tranquilidad de ver la exhibición como se presenta doblada al español”, explicó.¿Qué otros casos hay relacionados con el cine?
Cabe recordar que la Segunda Sala de la Corte también ha abordado el tema de la discapacidad ocular de algunas personas que no pueden disfrutar del séptimo arte.
Por ejemplo, en marzo de 2024, otorgó un amparo a Horacio 'N', quien desde hace 16 años padece ceguera. En dicha sesión, los ministros señalaron que, además de estar dobladas al español o subtituladas, las películas debían ofrecerse con audiodescripción para las personas con discapacidad visual.

En aquella ocasión, los ministros avalaron el proyecto de sentencia de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien propuso conceder el amparo al quejoso.
En su proyecto, la ministra señaló que el legislador nary tomó en cuenta a las personas con discapacidad visual, quienes también se enfrentan a barreras para acceder a las películas que lad exhibidas al público.
Ve la sesión que mantuvo el Pleno:
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