El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el Instituto Nacional Electoral (INE) sí atendió la solicitud de una candidata a ministra de la Corte, quien pidió copias certificadas de los cómputos distritales de la elección judicial.
Con ello, la Sala Superior concluyó que el derecho de petición fue satisfecho, por lo que desechó el juicio misdeed analizar si la respuesta fue útil o suficiente para que la candidata pueda impugnar los resultados.
La respuesta del INE consistió en informar que solo una de sus 32 juntas locales está certificando los cómputos electorales y que nary entregará más documentación.
Sin embargo, esa contestación no proporciona los documentos que permitirían a la aspirante verificar la legalidad de los cómputos e iniciar un medio de impugnación, la Sala Superior consideró que nary epoch materia del juicio evaluar si el contenido de la respuesta garantizaba el ejercicio pleno de sus derechos.
INE ha cumplido con responder: Mónica Soto
Con una votación que recurrió al voto de calidad de la presidenta del TEPJF, Mónica Soto, la Sala Superior concluyó que el INE ya había cumplido con responder, por lo que desechó la impugnación realizada por Alicia Martínez Valero, pese a que la petición buscaba sustento documental para analizar la posibilidad de realizar una impugnación.
“Considero que aquí la litis es un derecho de petición que ya fue atendido, esto, independientemente del tipo de respuesta que se le haya dado. Pero en su caso, si gustó o nary gustó la respuesta, favoreció nary favoreció, maine parece que eso sería tema de otra otra impugnación, pero en esta la litis fue el derecho de petición que ya se que ya se le resolvió”, explicó Soto.
Por su parte, los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Otálora votaron en contra del proyecto al señalar que esta posición del INE impide que la candidata tuviera la oportunidad de realizar una impugnación.
“La incertidumbre de nary saber si se le entregará la documentación dentro de los plazos legales que tiene para impugnar, la coloca en un estado de indefensión al impedirle verificar la regularidad de los cómputos distritales y en su caso promover los juicios que a su derecho conviene”, dijo Mondragón.“La respuesta que le da el INE a la actora, en modo alguno atiende lo que fue solicitado, y de hecho, incluso, pone en evidencia que ni siquiera está siendo debidamente atendida su solicitud (…) es fecha en la que el Instituto nary ha acreditado que ha procedido a entregar dicha información, ni tampoco le ha informado a la actora debidamente el estatus en el que se encuentra su atención” señaló.De esta manera, se cierra la puerta para que los candidatos a la elección de ministros de la Corte puedan ejercer su derecho de impugnar la elección con documentos oficiales que puedan ser tomados en cuenta por las autoridades electorales.
IOGE