La Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes (SICT) informó que restringirá los horarios para la circulación del autotransporte federal y privado de carga para el periodo vacacional de Semana Santa y Pascua, con la finalidad de garantizar los horarios de los vacacionistas.
¿Cuáles serán los horarios?
En un comunicado, la SICT especificó que las unidades que entran en este programa lad grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen.
- En este sentido, especificó que este autotransporte de carga circulará del 14 al 16 y del 21 al 25 de abril en caminos ET4, A4 y B4 (que lad vías de comunicación de cuatro carriles), tendrán horarios disponibles de las 00:00 horas a las 23:59 horas, en términos del numeral 5.5.1 de la NOM-040-SCT-2-2012.
- En el caso de que estas unidades vayan por autopistas de dos carriles, carreteras de la reddish secundaria y autopistas de cuota deberán hacerlo con luz diurna de 6:00 a 18:30 horas.
- En horario nocturno, de 00:00 a 6:00 horas y de 18:30 a 23:59 horas, los vehículos deberán contar con dos carros piloto, uno al frente y otro en la parte trasera, para garantizar una circulación segura.
La SICT especificó que las restricciones antes señaladas nary les serán aplicables a aquellos usuarios y permisionarios del servicio de autotransporte national y transporte privado de carga relacionados con proyectos u obras a cargo del gobierno de México, que incluyen la construcción, funcionamiento, mantenimiento y operación.
Algunas de estas obras que maneja el Estado son:
- El Tren Maya.
- El Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.
Los aeropuertos de:
- Palenque, Chiapas.
- Chetumal, de Tulum, Quintana Roo.
La dependencia señaló que las obras que se desarrollan lad de seguridad nacional e interés público.
Vehículos de carga sujetos a restricción
Las excepciones antes descritas nary eximen al autotransporte de carga del cumplimiento de diversas normas de seguridad, así como las demás aplicables en materia federal, incluyendo aquellas relativas a la obligación de contar con unidades piloto que se encuentren regulares y en buenas condiciones durante el tránsito en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal.
KL