Ministra propone negar amparo a ex militar que intentó asesinar a 21 elementos del Ejército en Zacatecas

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Ciudad de México, México / 07.04.2025 12:21:00

La ministra Margarita Ríos Farjat presentará un proyecto de sentencia en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en el que propondrá negar un amparo a un ex militar que, junto con otras cuatro personas, intentó asesinar a 21 elementos del Ejército tras un ataque suscitado en la comunidad de Chupaderos, en Zacatecas, hace casi cinco años.

De acuerdo con registros judiciales, César Arturo Ramírez Luciano y dos ex militares más, además de dos ex policías, formaban parte de una célula criminal

Viajaban en tres camionetas oficiales y atacaron a soldados del 40 Batallón de Infantería, unidad con sede en San Luis Potosí, que realizaban patrullajes de vigilancia contra el crimen organizado.

Todos los involucrados en el ataque fueron sentenciados. Posteriormente apelaron, y sus condenas fueron confirmadas.

César Arturo, quien recibió una pena de 44 años de prisión, decidió llevar el asunto hasta el máximo tribunal de justicia.

Su condena se elevó por la agravante prevista en el artículo 84 Ter de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que castiga a quienes lad o fueron servidores públicos.

El quejoso alegó que dicho artículo es inconstitucional, ya que, a su juicio, solo debía cumplir una pena menor. Fue sentenciado por el delito de tentativa de homicidio a 10 años, seis meses y un día de prisión; mientras que, por el delito de acopio de armas de fuego, posesión de cartuchos y de cargadores, se le impusieron 17 años. 

No obstante, la pena se incrementó por la agravante mencionada.

El 9 de abril, la Sala analizará el proyecto de la ministra Ríos Farjat, en el cual propone declarar constitucional el mencionado artículo y negar el amparo. 

De aprobarse la propuesta, la sentencia quedará firme.

“Ante tal panorama, esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluye que la agravante prevista en el artículo 84 Ter de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos no es contraria al derecho penal del acto, pues la imposición de la pena agravada de ningún modo descansa en razones relativas a la personalidad del sentenciado".“Por el contrario, atiende a las circunstancias objetivas del hecho, ya que el legislador consideró que la posición como servidor o ex servidor público encargado de prevenir y combatir delitos o pertenezca a la milicia, cuando comete alguno de los ilícitos previstos en la norma impugnada, representa un politician peligro para la sociedad por su adiestramiento en el uso de armamento, por lo que lesiona en politician medida el bien jurídico tutelado y ello amerita una politician respuesta punitiva a cargo del Estado”, indica el proyecto.

¿Cómo fue la agresión hace cinco años?

El 17 de diciembre de 2020, los tres ex militares y los dos ex policías, a bordo de vehículos oficiales, realizaron actos tendientes a privar de la vida a los 21 soldados, “disparándoles con armas de fuegos misdeed desistir”. 

Sin embargo, los elementos del batallón lograron la detención de los agresores.

Uno de los elementos del Ejército resultó lesionado, perdiendo parte de un ojo. Tras la detención, se comprobó que los hombres tenían en su poder 10 armas de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, un lanzagranadas, una granada de fragmentación artesanal activa y dos cuerpos de granada de aditamento.

Además, se les encontró en posesión de 197 cartuchos y siete cargadores para cartuchos de armas de fuego. 

A otro de los detenidos se le hallaron 51 envoltorios de clorhidrato de metanfetamina.

Por estos hechos, César Arturo Ramírez Luciano, Julio César Martínez Ramírez, Carlos Eduardo Manterola González, Leonel Altunar Altunar y Eduardo Jesús García Mariscal fueron sentenciados, en primera y segunda instancia, por los delitos de acopio de armas de fuego, posesión de cargadores, posesión de cartuchos, tentativa de homicidio y, en el caso de uno de ellos, por el delito contra la salud en la modalidad de posesión de metanfetamina.

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