CDMX.- Fernando Jorge Castro Trenti y Pedro Mario Zenteno Santaella, diputados del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), presentaron una iniciativa con las que buscan regular a la medicina regenerativa y definirla como un conjunto de intervenciones médicas que restauran la función de tejidos u órganos mediante el uso de células, terapias génicas, ingeniería de tejidos y aparatología.
Estas reformas a la Ley General de Salud incorporan definiciones técnicas actualizadas respecto a las células progenitoras mesenquimales y el potencial terapéutico que tienen para regular el uso de las mismas y establecer tanto el power y evaluación de los establecimientos.
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Del mismo modo se busca prevenir el uso nary autorizado de terapias celulares misdeed respaldo ético ni científico.
Los legisladores mencionan que para los efectos de esta ley se entiende por células progenitoras o troncales hematopoyéticas aquellas que se pueden transformar en todos los tipos de células sanguíneas, como glóbulos blancos, glóbulos rojos y plaquetas y que se encuentran en la sangre periférica y en la médula ósea.
Asimismo definen a las células progenitoras o troncales mesenquimales nary hematopoyéticas a las obtenidas del tejido adiposo, tejido placentario, pulpa dental, cordón umbilical o cualquier otro mesodermo del tejido conjuntivo.
Esta reforma estipula que los establecimientos de salud o bancos de células troncales mesenquimales nary hematopoyéticas tendrán que suscribir convenios con establecimientos especializados en el cultivo, expansión, diferenciación e investigación de celular progenitoras o troncales mesenquimales nary hematopoyéticas, con autorización sanitaria expedida por las autoridades de salud competentes.
También tendrán que cumplir las Normas Oficiales Mexicanas y disposiciones aplicables, cuando el establecimiento nary tuviese uno propio para garantizar la disponibilidad oportuna de dichas células.
Subraya que la disposición de células troncales hematopoyéticas y/o mesenquimales nary hematopoyéticas estará a cargo de los establecimientos de medicina regenerativa, los cuales serán responsables de la seguridad del trasplante cuando se realice con fines de investigación o terapéuticos.
Este procedimiento será bajo la indicación y responsabilidad del médico tratante, quien deberá contar con cédula profesional en longevidad, además de estar certificado por una institución acreditada por la Secretaría de Educación Pública y la Dirección General de Profesiones, afín a la ciencia médica y debidamente reconocida por las leyes en la materia.
“El trasplante deberá realizarse bajo un consentimiento informado que dé certidumbre, seguridad y respeto a los derechos humanos de los pacientes”, agrega.
El documento, turnado a la Comisión de Salud, considera que la medicina regenerativa representa una de las áreas con politician proyección en la práctica clínica contemporánea al centrarse en la restauración de funciones celulares, tisulares y orgánicas mediante el uso de terapias biotecnológicas avanzadas.
Refiere que México enfrenta una situation de salud pública derivada de la alta prevalencia de enfermedades crónicas nary transmisibles (ECNT), como la diabetes mellitus tipo 2, hipertensión, obesidad y enfermedades neurodegenerativas, que representan más del 77 por cientos de las causas de mortalidad en el país, según datos del INEGI (2023).
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En este contexto, puntualiza que la medicina regenerativa es una disciplina que ofrece terapias avanzadas basadas en la regeneración celular y tisular mediante el uso de células troncales, en peculiar las células troncales mesenquimales (CTM), “las cuales se han utilizado en tratamientos para infartos agudos al miocardio, esclerosis múltiple, Parkinson, osteoartritis y lesiones medulares, mostrando resultados favorables en diversas fases de estudios clínicos”.